
¿Necesitas vender tu piso alquilado sin echar al inquilino?
Si necesitas vender un inmueble para obtener liquidez de forma rápida pero lo tienes alquilado y te preocupan los inconvenientes que eso puede ocasionar, en Compramos Tu Piso Ya podemos ayudarte. Compramos tu piso con inquilino al contado en tan solo 7 días respetando el contrato de alquiler vigente y evitando cualquier molestia tanto para ti como para el arrendatario.
Y es que vender un piso con inquilino es totalmente legal en España. Nosotros nos encargaremos de todo el proceso, desde la valoración inicial de la vivienda hasta la subrogación del contrato, ahorrándote tiempo y dinero y ofreciéndote la máxima seguridad jurídica.
Compramos inmuebles arrendados en cualquier estado y en toda España
Puedes vender un piso alquilado con nosotros sea cual sea su situación, no importa si tu inquilino paga puntualmente o con retraso, si el contrato es reciente o antiguo, ni si la renta se ajusta al mercado o está desactualizada.
Compramos casas y pisos arrendados y ocupados ilegalmente, asumiendo toda la gestión y pagándote al contado de forma rápida. Además, operamos en todas las provincias españolas, tanto en ciudades como en núcleos rurales.

¿Es legal vender un piso con inquilinos? Sí, y te lo explicamos

Venta de un piso alquilado: marco legal
Si te preguntas si se puede vender un piso alquilado en España, la respuesta es que sí, de hecho es completamente legal. Se trata de una situación regulada expresamente en el artículo 14 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
En este sentido, al vender una casa alquilada ocurre lo siguiente:
- El contrato de arrendamiento continúa vigente con las mismas condiciones.
- El nuevo propietario (en este caso, nosotros) se subroga automáticamente los derechos y obligaciones del contrato.
- El inquilino mantiene su vivienda, su renta y todas las cláusulas acordadas.
- Lo único que cambia es el titular de la propiedad y la cuenta bancaria en la que el inquilino ingresa la renta.
Subrogación automática del contrato
En la venta de un piso con inquilino, nosotros como compradores nos subrogamos legalmente tu posición como arrendador. A nivel práctico, esto implica que:
- Asumimos todas tus obligaciones con el inquilino: como el mantenimiento del inmueble y las posibles reparaciones que haya que efectuar o la devolución de la fianza al finalizar el contrato. Además, se mantienen las mismas condiciones para el inquilino, sin subidas de la renta ni cambios de ningún tipo.
- Adquirimos todos tus derechos: desde el momento de la venta de un piso alquilado, seremos los beneficiarios del cobro de la renta. Del mismo modo, se harán las oportunas actualizaciones según el IPC o las renovaciones que ya estuvieran pactadas.
- El inquilino no puede oponerse a la venta: salvo ejercicio de tanteo y retracto, que veremos en detalle a continuación.
- No necesitas el permiso del inquilino: no hace falta que firme ningún documento ni que autorice la venta.


Derecho de tanteo y retracto: lo gestionamos por ti
Si el contrato de alquiler es de una vivienda habitual y está sujeto a la LAU, el inquilino tiene el conocido como derecho de tanteo –preferencia para comprar antes que otros– y retracto –derecho a comprar después si no fue notificado correctamente–.
Esto implica que, al vender un piso con un inquilino dentro, este tiene que ser informado formalmente de las condiciones de venta y, a partir de ese momento, dispone de un plazo para decidir si ejerce su derecho de compra en las mismas condiciones o no.
En Compramos Tu Piso ya gestionamos todo el proceso:
- Redactamos la notificación fehaciente y la enviamos por burofax, especificando el precio y las condiciones de la venta.
- Controlamos el plazo de 30 días naturales para que el inquilino decida.
- Documentamos la renuncia si no ejerce su derecho.
- Procedemos a la firma con seguridad jurídica plena.
Así, al vender una vivienda alquilada con nosotros, no tendrás que preocuparte por ningún tecnicismo legal. Nuestro equipo jurídico gestionará cada detalle para que la venta sea impecable.
¿Por qué vender un piso con inquilino a un inversor profesional?

Venta rápida sin esperar al final del contrato
Dado que se puede vender un piso con inquilinos dentro, una de las principales ventajas de hacerlo con nosotros es que el proceso es muy rápido y cómodo, permitiéndote obtener liquidez sin necesidad de esperar a que finalice el contrato ni afrontar las largas esperas de una venta tradicional.
Así, al vender un piso alquilado con nosotros evitarás:
- Esperar meses o años a que termine el contrato.
- Negociar la salida anticipada del inquilino, con la correspondiente compensación económica.
- Arriesgarte a que el piso quede vacío y no cobrar el alquiler durante meses.
- Reformar para poder vender en el mercado residencial tradicional.
Cobro al contado sin perder las rentas pendientes
Al vender una vivienda con inquilino a un inversor profesional, recibirás el importe acordado el día de la firma a través de una transferencia inmediata, por lo que saldrás de allí con el dinero en tu cuenta.
Además, no perderás las rentas futuras, dado que están incluidas en el precio de venta porque el inmueble se valora como un activo de inversión. De esta forma, obtienes el valor real del alquiler sin esperar años para cobrarlo mes a mes.


Te liberas de la gestión y los riesgos
Por otra parte, gracias a la venta de un piso alquilado con un inversor, podrás olvidarte de:
- Gestión mensual: a partir de la venta, nosotros nos encargamos del cobro de las rentas, así como de cualquier avería o reclamación por parte del inquilino.
- Riesgo de impago: si el arrendatario deja de pagar después de la operación, ya no te afecta en absoluto.
- Reparaciones: no tendrás que ocuparte de actualizar la caldera, arreglar los electrodomésticos o resolver problemas de humedades.
- Derramas extraordinarias: las derramas aprobadas o futuras en tu comunidad de vecinos ya no tendrán que preocuparte.
- Actualizaciones legales: no tendrás que estar pendiente de cambios normativos, revisiones contractuales o nuevas obligaciones legales relacionadas con el alquiler.
- Conflictos legales: cualquier problema con el inquilino, como impagos, reclamaciones judiciales o desahucios, pasará a nosotros como nuevos propietarios.
Máxima discreción para no molestar al inquilino
Sabemos que lo mejor es mantener una buena relación con el inquilino hasta el último momento y evitarle molestias siempre que sea posible. Por eso, no colocamos carteles en el portal ni organizamos visitas comerciales con desconocidos.
Solo realizamos una visita técnica, en caso de que sea necesaria, de forma discreta y breve, respetando los horarios y la intimidad del arrendatario. Además, coordinamos la visita con él y resolvemos sus dudas, explicándole que la venta no afecta a su contrato.

¿Quieres vender tu piso alquilado sin complicaciones?
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¿Cómo vender un piso alquilado con nosotros?
Paso 1: contacto inicial y documentación básica
Si te preguntas cómo vender un piso con inquilino, lo primero que tienes que hacer es llamarnos por teléfono (932 42 69 70) o escribirnos a través del formulario de nuestra web.
Necesitaremos los siguientes datos para poder realizar una valoración inicial sin molestarte con trámites innecesarios:
- Dirección exacta o referencia catastral del inmueble.
- Contrato de alquiler vigente, con anexos y modificaciones.
- Últimos tres recibos de la renta pagados por el inquilino.
- Fotografías del estado actual de la vivienda (cocina, baños, salón y dormitorios).
- Recibo del IBI y certificado de estar al corriente de pago con la comunidad de vecinos.
- Información sobre derramas extraordinarias pendientes.
Paso 2: valoración telemática en menos de 24 horas
A continuación, nuestro equipo de inversión analizará tu piso alquilado en menos de 24 horas, evaluando aspectos como los siguientes:
- Rentabilidad del activo: calculamos si la renta actual permite una rentabilidad anual de entre un 7% y un 8% sobre el precio de compra, que es la rentabilidad mínima que buscamos como inversores profesionales.
- Análisis del contrato: revisamos la duración, las condiciones, las cláusulas de actualización, la fianza depositada y cualquier aspecto que pueda afectar a la rentabilidad.
- Gastos recurrentes: computamos el IBI, la comunidad de propietarios, posibles derramas, los seguros, las tasas de basuras y cualquier otro gasto fijo que reduzca el beneficio neto.
- Riesgos detectables: valoramos el histórico de pagos, la situación financiera del inquilino, el estado de conservación del inmueble y otras circunstancias que puedan suponer un riesgo en el futuro.
En base a estos aspectos, recibirás una preoferta orientativa clara y realista, sin letra pequeña ni tecnicismos innecesarios.
Paso 3: preoferta vinculante por escrito
En caso de que la valoración te encaje, te presentaremos una preoferta vinculante detallada para la venta de tu piso con inquilino, que especificará:
- Precio de compra total del inmueble arrendado.
- Condiciones de la operación, como si está sujeta a nota simple o a una revisión fiscal y urbanística.
- Plazo de firma aproximado, que suele ser de 7 días si la documentación está completa.
- Forma de pago, utilizando transferencia OMF en notaría.
- Cargas a liquidar, como hipotecas, deudas o embargos que se cancelarán en la firma.
De este modo, sabrás exactamente el importe neto que vas a cobrar antes de comprometerte, pudiendo tomar una decisión libre e informada.
Paso 4: visita técnica única, si procede
En función del contrato, así como del estado documentado del inmueble, podemos necesitar una visita técnica presencial para:
- Verificar el estado de conservación
- Comprobar que las condiciones del contrato se cumplen.
- Confirmar o ajustar ligeramente la oferta según lo observado.
- Resolver todas tus dudas sobre el proceso de subrogación.
Si el inquilino quiere estar presente, coordinaremos la visita respetando su disponibilidad y explicándole que la venta no le afectará en absoluto. Solamente haremos esta visita durante todo el proceso, ahorrándote las molestias que generan las visitas de potenciales compradores.
Paso 5: gestión del derecho de tanteo y retracto
Si el contrato está sujeto a la LAU –lo que sucede cuando se trata de una vivienda habitual– solo se puede vender un piso con inquilino cumpliendo un procedimiento legal específico. Así, debe notificársele formalmente de la intención de venta y sus términos, ya que tiene derecho preferente a comprar el inmueble en igualdad de condiciones.
Desde Compramos Tu Piso Ya nos ocupamos de todo el proceso:
- Redacción del burofax: nuestro equipo legal redactará la notificación incluyendo toda la información necesaria, como el precio exacto de venta, las condiciones de pago y el plazo de 30 días naturales para ejercer el derecho.
- Envío y acuse de recibo: a continuación, enviaremos el burofax con acuse de recibo para tener constancia legal de que la notificación se ha hecho de forma correcta.
- Control de plazos: en caso de que el inquilino no responda en los 30 días legalmente establecidos, o si renuncia expresamente, procederemos con la firma.
- Documentación de la renuncia: si el inquilino no ejerce su derecho, lo que ocurre en la mayoría de los casos, documentaremos formalmente su renuncia o su silencio administrativo para blindar la operación.
Paso 6: preparación de la documentación
El siguiente paso será ayudarte a reunir todos los documentos necesarios para vender una casa con inquilinos dentro, que, por norma general, son los siguientes:
Documentación del propietario
- DNI o NIE en vigor.
- Escritura de propiedad actualizada.
- Recibo del IBI del último ejercicio.
Documentación del inmueble
- Certificado de eficiencia energética, obligatorio en todos los casos.
- Cédula de habitabilidad, según la normativa de tu comunidad autónoma.
- Certificado de estar al corriente de pago con la comunidad de propietarios.
- Nota simple registral actualizada, que tramitaremos nosotros.
Documentación del inmueble
- Contrato de arrendamiento íntegro, incluidos anexos.
- Justificante de depósito de la fianza en el organismo oficial correspondiente.
- Últimos seis recibos de la renta pagados.
- Comunicaciones relevantes con el inquilino, si las hay.
Además, en el caso de que la vivienda esté hipotecada, también necesitarás:
- Certificado de deuda pendiente actualizado.
- Escritura de la hipoteca.
En caso de que te falte alguno de los documentos requeridos, nuestro equipo te ayudará a obtenerlo rápidamente para no retrasar la operación.
Paso 7: firma directa en la notaría
Con el objetivo de acelerar todo lo posible el proceso de vender un piso con inquilinos en alquiler, no pediremos señal ni te haremos firmar un contrato de arras. En cambio, una vez gestionada la documentación iremos directamente a la firma definitiva en la notaría.
Normalmente, elegimos una notaría que esté cerca de tu domicilio, pero podemos acudir a otra si tienes alguna preferencia. En caso de que no puedas asistir a la firma, podemos resolverlo mediante un apoderamiento notarial o una firma a distancia.
Una vez en la notaría, se realizarán las siguientes operaciones:
- Verificación de identidad y documentación: el notario comprobará la identidad de las partes y revisará todos los documentos aportados.
- Lectura de la escritura de compraventa: se leerá la escritura, que incluirá cláusulas específicas sobre la subrogación del contrato de alquiler.
- Liquidación de cargas: si existen hipotecas, embargos o deudas con Hacienda, la Seguridad Social o el ayuntamiento, se cancelan o retienen en el acto. El notario coordinará con el banco la cancelación hipotecaria si procede.
- Firma de la escritura pública: ambas partes firmaremos ante notario, quien dará fe pública del acto.
- Transferencia bancaria OMF inmediata: realizaremos una transferencia bancaria ordinaria de alta seguridad (OMF) a tu cuenta con el importe neto acordado, que es el precio de compra menos las cargas liquidadas.
- Regularización de la fianza: traspasaremos la fianza depositada o la ajustaremos según corresponda, quedando todo el proceso documentado notarialmente.
En este punto, habrás terminado de vender la casa con inquilino y podrás despreocuparte por completo. Saldrás de la notaría con la venta cerrada, sin cargas y con el dinero en tu cuenta.
Paso 8: notificación al inquilino del cambio de propietario
Después de la firma, somos nosotros quienes nos encargaremos de notificar al inquilino lo siguiente:
- El cambio de titularidad de la propiedad.
- Nuestros datos como nuevos propietarios.
- La cuenta bancaria (IBAN) donde debe ingresar la renta.
- La confirmación de que todas las condiciones de su contrato se mantienen.
- Nuestra información de contacto para incidencias.
Lo haremos a través de un burofax o una notificación certificada, para que quede constancia legal. Asimismo, el inquilino recibirá una copia de la escritura registrada y toda la información necesaria.
Fiscalidad al vender un piso alquilado
IRPF: ganancia o pérdida patrimonial
Uno de los principales gastos que tendrás que asumir es el pago del IRPF en el caso de que haya existido ganancia patrimonial. Para determinarlo, se calcula la diferencia entre el precio de compra del inmueble, debidamente actualizado, y el precio de venta, obteniendo así la base sobre la que se calculará la posible tributación de la operación.
Cabe señalar que, si mientras has tenido el piso alquilado has declarado rendimientos del capital inmobiliario (rentas de alquiler) aplicando amortización, dicha amortización acumulada debe regularizarse en el ejercicio en el que se formaliza la venta, conforme a la normativa fiscal vigente.
Asimismo, existen supuestos en los que, pese a haber ganancia patrimonial, esta puede quedar total o parcialmente exenta de tributación. Por ejemplo, cuando el importe obtenido se reinvierte en la compra de una vivienda habitual dentro de los plazos legales establecidos, o cuando el vendedor es mayor de 65 años.
En Compramos Tu Piso Ya te proporcionamos toda la documentación necesaria para que tu gestor fiscal pueda realizar correctamente la declaración. Aunque no ofrecemos asesoramiento fiscal especializado, sí te orientamos sobre los documentos que necesitarás presentar para cumplir con tus obligaciones fiscales con seguridad.
Plusvalía municipal
El conocido como Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana es una tasa municipal que se liquida tras vender una casa con inquilino. Dicho impuesto se aplica sobre el incremento del valor del suelo urbano desde que se compró hasta que se vende.
Se calcula atendiendo a aspectos como:
- Valor catastral del suelo.
- Años de tenencia de la propiedad.
- Coeficientes del ayuntamiento.
Para facilitar la gestión, podemos estimar cuál será el importe que deberás pagar y coordinar la presentación del expediente con el Ayuntamiento. En algunos casos es posible solicitar una exención si no ha habido un incremento real del valor del suelo, tal y como avalan algunas sentencias recientes del Tribunal Constitucional.
Retención por Hacienda (no residentes)
Si no eres residente fiscal en España, la normativa legal exige que el comprador aplique una retención del 3% sobre el precio de venta y la ingrese en Hacienda en el plazo de un mes tras vender una vivienda con inquilino. Este pago no es un impuesto definitivo, sino un adelanto que se regulariza posteriormente en función de la ganancia real obtenida en la operación. Así, si la tributación final resulta inferior a la cantidad retenida, podrás solicitar la devolución de la diferencia, mientras que si es superior deberás abonar el importe restante.
Desde Compramos Tu Piso Ya nos encargamos de gestionar el pago de esta retención conforme al procedimiento legal, además de informarte sobre el proceso de devolución en caso de que corresponda.
Vende tu piso alquilado hoy mismo
¿Quieres vender tu piso con inquilino de forma rápida, segura y con las mínimas molestias? En Compramos Tu Piso Ya te ofrecemos liquidez inmediata respetando el contrato de alquiler de tu inquilino, evitando las esperas y las visitas constantes asociadas a la compra tradicional.
Contacta ahora y recibe tu oferta en 24 horas
Llámanos por teléfono o escríbenos a través del formulario de la web.
Detalla la dirección o referencia catastral del inmueble y adjunta el contrato de alquiler.
Incluye los últimos recibos de la renta y algunas fotografías básicas de la vivienda.
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Concierta una visita técnica con nosotros si la oferta te interesa.
Gestionamos el derecho de tanteo en el plazo legal de 30 días.
Firma en la notaría y cobra tu dinero al contado.
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Descubre todo lo que podemos ofrecerte para que vendas tu vivienda con inquilino de forma rápida y con total seguridad:

Vender tu casa con inquilino es rápido, legal y seguro
Ahora que ya sabes que se puede vender un piso que está alquilado, es el momento de apostar por una solución ágil, segura y cómoda tanto para ti como para tu inquilino.
En Compramos Tu Piso Ya te ofrecemos la solución más rápida y segura del mercado para vender un piso con inquilino, subrogándonos el contrato y asumiendo todos los riesgos futuros para que recibas tu dinero inmediatamente, sin esperas, conflictos ni preocupaciones.
No importa si tienes rentas antiguas desactualizadas o incluso situaciones de morosidad, vender tu piso alquilado al contado en 7 días es posible. Nos encargamos de gestionar todos los aspectos jurídicos y administrativos para que puedas vender con total tranquilidad y comodidad.
Respetar el contrato de tu inquilino es nuestra garantía. Cobrar sin complicaciones es tu derecho.
Compramos pisos alquilados, casas con inquilinos y apartamentos arrendados en toda España. Pago al contado, firma en 7 días tras el plazo legal de tanteo, máxima discreción con tu inquilino. Subrogación legal garantizada. Contacta ahora y recibe tu oferta en 24 horas.
Preguntas frecuentes sobre vender un piso con inquilino
No, de hecho una de las principales ventajas de vender un piso con inquilino con nosotros es que priorizamos la discreción y la mínima interferencia, sin colocar carteles ni poner anuncios en los portales inmobiliarios. Solo realizamos, si es necesario, una visita técnica coordinada con el inquilino, explicándole que su contrato no se verá afectado. Así, el arrendatario no tendrá que sufrir las molestias de estar recibiendo visitas de posibles compradores constantemente.
Nosotros nos encargamos de gestionar todo el procedimiento legal, empezando por redactar y enviar la notificación fehaciente a través de burofax al inquilino para que pueda ejercer su derecho. También controlamos el plazo de 30 días que tiene para decidir si compra la vivienda o no, en cuyo caso documentamos la renuncia y procedemos con la firma con total seguridad jurídica.
Si te preguntas si se puede vender una casa con inquilinos aunque la renta sea antigua y no se ajuste a los precios actuales del mercado, la respuesta es que sí. En Compramos Tu Piso Ya también adquirimos inmuebles con rentas antiguas, simplemente ajustaremos la valoración a la rentabilidad real que genera el activo, ofreciendo una salida al contado sin que tengas que esperar años para poder actualizar la renta o recuperar la vivienda.
Si tienes problemas de morosidad con tu inquilino, lo que haremos será estudiar tu caso individualmente. Si hay impagos o ocasionales o retrasos, podemos comprar ajustando la oferta al riesgo asumido. En caso de situaciones más complejas, como por ejemplo desahucios en curso, analizaremos la viabilidad y los costes estimados para poder darte una respuesta precisa.
No es necesario, dado que compraremos tu piso con inquilino tal cual está, sea cual sea su situación. De esta forma, no necesitas hacer reformas, reparaciones ni mejoras para poner la vivienda a punto, ahorrándote gastos y molestias y valorando tu inmueble en su estado actual.
El importe se ingresará en tu cuenta el mismo día de la firma en la notaría, mediante una transferencia bancaria OMF inmediata. Cobrarás el importe neto, es decir, el precio acordado menos las cargas liquidadas si las hay, pudiendo disponer del dinero inmediatamente.
Esta es una de las principales preocupaciones al vender un piso alquilado, pero debes saber que no hay ningún cambio para el inquilino. El contrato de alquiler se mantiene en las mismas condiciones, dado que nosotros nos subrogamos tu posición como arrendador manteniendo la renta, duración, actualizaciones, fianzas y cualquier otra cláusula especial.
Nosotros nos encargamos de notificar al inquilino en todas las fases del proceso. Después de la firma, enviaremos una notificación fehaciente al inquilino informándole del cambio de titularidad, la cuenta bancaria en la que tendrá que pagar la renta a partir de ahora y nuestros datos de contacto, incluyendo además una copia de la escritura registrada.
Al vender una vivienda con inquilino, regularizamos la fianza en la firma ante notario. Para ello, tenemos dos opciones: o bien la traspasamos a nuestro nombre en el organismo oficial correspondiente, o te la devolvemos y nosotros depositamos una nueva. De esta manera, todo queda documentado para evitar cualquier problema.
Por supuesto. En caso de que no nos indiques nada, escogeremos una notaría cercana a tu domicilio para que no tengas que desplazarte, pero si tienes preferencia por algún despacho en particular nos adaptaremos sin problema.
Si vives en otra ciudad, estás de viaje o no puedes acudir a la firma por cualquier otro motivo, es posible realizar la venta sin que acudas de forma presencial a la notaría. Lo haremos mediante apoderamiento notarial o firma a distancia cuando sea legalmente posible.
Sí, es posible vender una vivienda alquilada en régimen de VPO siempre que se cumplan los requisitos de transmisión según la normativa de tu comunidad autónoma. En este caso, revisaremos las condiciones, los plazos y las autorizaciones necesarias para determinar la viabilidad de la venta.
En caso de que tu piso alquilado tenga cargas registrales, –ya sean hipotecas, embargos o cualquier tipo de deuda– las retenemos y liquidamos en la firma ante notario. Así, tú recibirás en tu cuenta el importe neto tras deducir dichas cargas y saldrás completamente libre de responsabilidades.
Para la valoración inicial de tu inmueble, necesitaremos la dirección o referencia catastral, el contrato de alquiler completo, los últimos tres recibos del alquiler, recibo del IBI, certificado de estar al corriente de pago con la comunidad, fotografías de la vivienda y cualquier información referente a derramas o cargas.
No, ya que después de la firma pasaremos a asumir todas tus obligaciones, así como tus derechos. En este sentido, el inquilino pasará a pagar la renta a los nuevos propietarios, en este caso nosotros. En la notificación que le enviaremos tras la firma incluiremos la cuenta bancaria en la que debe ingresar los pagos.

