La semana pasada iniciamos un artículo sobre los aspectos que has de revisar en la compra de una vivienda de segunda mano. Hablamos del estado de la vivienda y de las cláusulas del contrato. De la necesidad de llevar a cabo una inspección del estado de la finca por parte de un arquitecto. De la ITE como documentación segura para conocer el estado del edifico. O de la peor calidad de los edificios construidos durante el periodo de la posguerra.

Esta semana queremos terminar de revisar aquellos aspectos que son imprescindibles para asegurarse una buena compra.

Imprescindibles a revisar en la compra de una vivienda de segunda mano

Las temidas derramas

Es normal que en los pisos de segunda mano vayan apareciendo derramas con el paso del tiempo para asegurar el buen funcionamiento y adaptación del edificio a las nuevas tecnologías. Algunas de las más comunes son las derramas para instalar un ascensor o para reparar la fachada.

Pero, ¿quién ha de hacerse cargo de este tipo de gastos? Por norma general el comprador. A no ser que se acuerde de forma diferente por contrato lo lógico es que el comprador, una vez pasa a ser el propietario, adquiera todos los deberes y derechos del mismo. Incluido el pago de las derramas.

El problema de esta situación es que en ocasiones, cuando se compra una vivienda las derramas que han podido ser acordadas hace tiempo todavía no son legalmente exigibles y por tanto el comprador en ocasiones no las conoce hasta que resulta demasiado tarde. Para evitar estos sustos de última hora que pueden encarecer, y mucho, la compra de una vivienda de segunda mano, la solución es solicitar al vendedor una copia de las actas de las juntas de vecinos para saber si hay alguna obra pendiente que pueda suponer una derrama.

No hacer una única visita a la vivienda que se quiere comprar

Esto es un buen consejo tanto para el alquiler como para la compra de las viviendas. Lo normal es que las visitas se concreten en el momento “óptimo” de luz, temperatura y ruido para revisar la vivienda. Sin embargo esto no nos permite conocer el nivel de ruido, la luminosidad de la vivienda, si hay algún problema de humedades que haya sido “disimulado” por el propietario actual ventilando la vivienda… etcétera.

Nada mejor para saber qué compramos que visitar varias veces una vivienda. De este modo podrás apreciar aspectos que quizá no habrías visto. Desde paredes recién pintadas que pueden estar ocultando problemas de humedad. Baños recién ventilados que pueden dar el mismo problema. Ruidos o vecinos molestos que no paran quietos, etcétera.

Los famosos vicios ocultos

A veces, aunque se pongan mil ojos en la revisión de una vivienda o se acuda a un arquitecto para ayudar en ella, pueden pasar desapercibidos los vicios ocultos. Por suerte la Ley protege al comprador y al vendedor en estos supuestos. Según el Código Civil si después de la compra el propietario actual percibe vicios ocultos puede reclamar al vendedor su reparación. Esto sucederá siempre que:

  • Dichos vicios ocultos no permitan que el nuevo comprador pueda vivir en la casa que ha comprado.
  • Aquellos por los cuales el comprador habría desistido de la compra o bien habría abonado mucho menos dinero por ella de haberlos conocido.

El nuevo comprador dispone de un plazo de 6 meses para hacer las pruebas pertinentes y corroborar que no existen vicios ocultos. Dichas pruebas en cualquier caso, ya sea positivo o negativo, correrán a cargo del comprador.

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