Desde el pasado 2 de febrero el ayuntamiento de Madrid ha suspendido la concesión de licencias de alojamiento turístico en el centro de la capital. Esta medida estará vigente por lo menos durante un año. En este periodo no será posible otorgar este tipo de licencias a nadie. Ni a empresarios para construir hoteles, albergues u hostales, ni a particulares para utilizar apartamentos con fines turísticos.
Esta suspensión se ha dado debido a la necesidad de redactar lo antes posible un plan que regule la implantación de cualquier tipo de establecimiento del sector turístico. La medida tiene como principal interés regular la convivencia de diferentes tipos de uso dentro del mismo edificio. Por ejemplo el industrial y el residencial.
Concesión de licencias de alojamiento turístico suspendidas en la mayor parte de los barrios
Frente al crecimiento descontrolado del uso de apartamentos con fines turísticos también se ha acordado suspender la concesión de estas licencias en otros barrios. Estos son:
- Barrio de Argüelles (Moncloa-Aravaca)
- Zona de Recoletos y Goya (barrio de Salamanca)
- Palos de Moguer (barrio de Arganzuela)
- Trafalgar (barrio de Chamberí)
A pesar de la restricción, esta decisión no afecta a los pisos compartidos en los que la duración del alquiler no supera los tres meses. Siempre y cuando estas viviendas se utilicen como residencia permanente y no como alojamiento turístico. Estas viviendas se encuentran exentas porque su uso no se considera como una actividad empresarial.
El resto de alojamientos que sí se vayan a utilizar con fines turísticos deberán de solicitar la licencia para el ejercicio actual. Y en caso de no cumplir con las condiciones de planeamiento urbanístico no serán concedidas.
Normas de la licencia de alojamiento turístico
- Siempre que un apartamento turístico sea utilizado como unidad de explotación empresarial por un tiempo que supere los tres meses al año, deberá de contar con la licencia correspondiente para poder desarrollar esta actividad.
- En caso de que este apartamento turístico comparta espacio con alojamientos residenciales deberán de cumplir con las normas urbanísticas del PGOUM (Plan General de Ordenación Urbana de Madrid). En este Plan se pueden consultar los porcentajes que se pueden dedicar a dichas actividades.
- No es obligatorio que los apartamentos turísticos dispongan de una entrada privada o exclusiva. Esta entrada es la misma que para el resto de las viviendas.
En esta reunión del pasado jueves se ha aprovechado para aprobar el proyecto inicial de la ordenanza de Medios de Intervención en Actuaciones Urbanísticas. Por medio de esta ordenanza se pretende unificar los textos relacionados con las licencias de actividad y las licencias urbanísticas. Por medio de esta ordenanza el ayuntamiento intenta unificar la concesión de licencias en un único organismo. La intención es lograr que los trámites sean mucho más rápidos y eficaces para todos.
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