como vender un piso con hipoteca pendiente

¿Cómo vender un piso con hipoteca pendiente sin esperar a terminar de pagarla?

Vender un piso con hipoteca pendiente implica transmitir una vivienda que todavía tiene deuda viva con el banco. Aunque muchos propietarios creen que deben terminar de pagar el préstamo antes de poder vender su casa, lo cierto es que no es así. De hecho, esta operación es muy habitual, completamente legal y suele resolverse en el mismo acto de compraventa.

La existencia de la deuda hipotecaria no impide la venta; en cambio, lo normal es que se liquide con el dinero que aporta el comprador en la firma ante notario. De esta forma, una parte del precio se destina directamente a saldar la hipoteca pendiente con la entidad bancaria, mientras que el resto lo recibe el vendedor.

Respuesta rápida

Lo primero que debes saber es que sí puedes vender tu piso aunque tengas hipoteca pendiente. Lo más habitual es llevar a cabo una cancelación simultánea, es decir, el día de la firma, parte del precio que paga el comprador se destina directamente a saldar la deuda pendiente con el banco, y el resto lo recibes tú. En el mismo acto se otorga la escritura de cancelación y la vivienda queda libre de cargas. 

Una vía alternativa es la subrogación, en la que el comprador asume tu hipoteca con el banco, aunque es menos habitual. La cancelación registral cuesta, de media, en torno a 1.000€.

Puntos clave

  • La deuda hipotecaria no impide vender, sino que se cancela con el dinero del comprador en el momento de la firma.
  • Debes pedir al banco el certificado de deuda pendiente con antelación, pero ten en cuenta que tiene fecha de caducidad.
  • La cancelación registral completa cuesta, habitualmente, entre 500€ y 1.200€, con una media cercana a los 1.000€.
  • La cancelación económica y la cancelación registral no son lo mismo. Por eso, pagar la deuda no elimina la carga del Registro.
  • La inscripción de la cancelación en el Registro suele tardar entre 2 y 6 semanas tras la firma.

¿Qué significa vender con hipoteca pendiente?

Al vender una vivienda con hipoteca pendiente, lo que realmente estamos haciendo es transmitir un inmueble que todavía tiene una carga hipotecaria inscrita en el Registro de la Propiedad. Aunque esta situación no bloquea la venta, sí exige resolver la deuda correctamente para que el comprador reciba la vivienda libre de cargas.

Para ello, lo habitual es cancelar el préstamo hipotecario en el momento de la compraventa, utilizando parte del dinero que aporta el comprador para saldar la deuda pendiente con el banco. De esta forma, la operación puede cerrarse sin que el vendedor tenga que esperar a terminar de pagar el préstamo.

Cabe señalar, no obstante, que existen dos cancelaciones distintas y complementarias. Por un lado está la cancelación económica, que consiste en pagar la deuda al banco, y por otro la cancelación registral, que sirve para eliminar la carga hipotecaria del Registro de la Propiedad.

Confundir ambos tipos de cancelación es uno de los errores más habituales al vender un piso con hipoteca pendiente. Y es que, aunque el préstamo quede pagado, la hipoteca puede seguir apareciendo registralmente si no se completa el trámite de la cancelación. Por eso conviene prever ambos pasos antes de firmar la venta.

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¿Cómo se cancela la hipoteca en el momento de la venta?

La modalidad más frecuente es la cancelación simultánea en el acto de la firma. El día que se formaliza la escritura, el comprador entrega el precio acordado y, de ese importe, se separa la cantidad exacta que todavía se debe al banco. Esa parte se abona directamente a la entidad, normalmente mediante un cheque, y el resto del dinero lo recibe el vendedor.

Por tanto, en el mismo acto notarial se formaliza la escritura de compraventa y la escritura de cancelación de la hipoteca. De esta forma, el comprador adquiere la vivienda sin asumir la deuda pendiente del vendedor y la operación puede cerrarse con la finca libre de cargas.

Cancelación económica y cancelación registral: no son lo mismo

Uno de los errores más habituales que suele cometerse en el proceso es confundir la cancelación económica y la registral, pero son dos trámites diferentes. La cancelación económica consiste en saldar la deuda pendiente con el banco, mientras que la cancelación registral es el trámite ante notario que elimina formalmente la hipoteca del Registro de la Propiedad.

Esta distinción es importante porque pagar la deuda no elimina de forma automática la carga registral. Aunque hayas abonado la totalidad del préstamo, si no se firma e inscribe la cancelación en el Registro, la hipoteca seguirá constando como carga sobre la vivienda. 

De hecho, el artículo 82 de la Ley Hipotecaria establece que las inscripciones practicadas mediante escritura pública se cancelan mediante otra escritura o documento auténtico con el consentimiento de la persona a cuyo favor figure la inscripción. Esto quiere decir que es necesario otorgar la escritura de cancelación e inscribirla posteriormente en el Registro de la Propiedad para que el inmueble quede realmente libre de cargas.

venta con cancelacion de hipoteca pendiente

¿Quién paga la hipoteca pendiente al vender?

El responsable de entregar la vivienda libre de cargas es siempre el vendedor, ya que la hipoteca pendiente corresponde a su préstamo. Por eso, también es quien soporta los gastos asociados a la cancelación registral.

En la práctica, lo que ocurre es que una parte del precio que el comprador paga por la vivienda se canaliza hacia el banco para liquidar la hipoteca pendiente. Es decir, el comprador paga el precio acordado, pero una parte de ese dinero no llega al vendedor, sino que se utiliza para cancelar la deuda.

Además, la notaría suele retener una provisión de fondos para tramitar la inscripción de la cancelación en el Registro, una gestión que permite completar el proceso y evitar que la hipoteca siga apareciendo formalmente como carga una vez pagada. Este trámite puede realizarlo el propio vendedor, la gestoría o, en algunos casos, la entidad bancaria si se le encarga.

Antes de firmar, también conviene revisar si el préstamo incluye comisión por cancelación o amortización anticipada. Si dicha comisión aparece en la escritura de la hipoteca y resulta aplicable, también se descontará del importe que finalmente recibe el vendedor.

Para las hipotecas firmadas a partir de la entrada en vigor de la Ley 5/2019, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, el Banco de España recoge los límites máximos aplicables según el tipo de operación:

  • En las hipotecas variables pueden aplicarse límites del 0,25% durante los tres primeros años de vigencia, o del 0,15% durante los cinco primeros años.
  • En las hipotecas fijas, el límite puede llegar al 2% durante los diez primeros años y al 1,5% a partir de ese momento.

Subrogación de hipoteca frente a cancelación: ¿qué conviene más?

Cuando se vende una vivienda con hipoteca pendiente, existen dos vías principales para resolver la deuda: cancelar la hipoteca en el momento de la venta o subrogar al comprador en el préstamo.

La opción más habitual es la cancelación simultánea. Como hemos visto, en este caso parte del precio pagado por el comprador se utiliza para saldar la deuda con el banco y la hipoteca se cancela. Es la solución más sencilla en la mayoría de operaciones, porque el comprador adquiere la vivienda libre de cargas y no queda vinculado al préstamo del vendedor.

Sin embargo, en determinadas situaciones también puede optarse por una subrogación de deudor, que consiste en que el comprador se queda con la hipoteca existente, asumiendo el préstamo con sus condiciones de tipo de interés, plazo y cuotas. En este caso, la hipoteca no se cancela, sino que cambia el titular de la deuda.

La principal ventaja para el vendedor es que evita los gastos propios de la cancelación de la hipoteca. No obstante, el obstáculo principal es que el banco debe aprobar la operación, analizando la solvencia del nuevo deudor y pudiendo rechazarla si no cumple con sus criterios.

Esta vía suele interesar, sobre todo, cuando la hipoteca tiene condiciones muy favorables, por ejemplo, un tipo de interés bajo firmado años atrás. En estos casos, el préstamo puede convertirse en un argumento de venta atractivo para el comprador. En cambio, si las condiciones no son especialmente buenas o el banco no autoriza el cambio, lo normal es optar por la cancelación simultánea.

Aspecto Cancelación simultánea Subrogación de deudor
¿Qué ocurre con la hipoteca? La deuda se salda con parte del precio de venta y la hipoteca se cancela El comprador asume la hipoteca existente y pasa a ser el nuevo deudor
Situación final de la vivienda El comprador adquiere la vivienda libre de esa carga hipotecaria La hipoteca sigue vigente, pero cambia el titular del préstamo
Papel del banco Debe facilitar el certificado de deuda pendiente y coordinar la cancelación Debe estudiar al comprador, aprobar la operación y aceptar el cambio de deudor
Gastos para el vendedor Asume los gastos de cancelación registral Evita los gastos propios de cancelar la hipoteca
Riesgo de que la operación no avance Es menor, porque no depende de que el comprador asuma el préstamo Es mayor, porque el banco puede rechazar la subrogación si no aprueba la solvencia del comprador
Ventaja principal Permite cerrar la venta de forma clara y entregar la vivienda libre de cargas Puede hacer más atractiva la compra si la hipoteca tiene mejores condiciones que las actuales del mercado
Inconveniente principal Reduce el importe neto que recibe el vendedor, ya que parte del precio se destina a cancelar la deuda No siempre es viable y puede alargar la operación por el análisis del banco
¿Cuándo conviene? En la mayoría de ventas con hipoteca pendiente Cuando la hipoteca tiene condiciones muy buenas y el comprador está dispuesto a asumirlas

Documentación necesaria para vender con hipoteca activa

Para vender una vivienda con hipoteca pendiente, es necesario reunir cierta documentación antes de la firma, así como prever los trámites que se realizarán después para dejar la hipoteca correctamente cancelada:

  • Certificado de deuda pendiente: lo emite el banco e indica cuánto queda por pagar de la hipoteca en la fecha prevista para la firma. Es uno de los documentos más importantes, porque permite saber qué parte del precio de venta se destinará a cancelar el préstamo. Tiene fecha de caducidad, por lo que conviene solicitarlo una vez haya comprador y una fecha aproximada de compraventa.
  • Nota simple registral actualizada: sirve para comprobar qué cargas tiene la vivienda y cómo figura inscrita en el Registro de la Propiedad. En este caso, permitirá confirmar la existencia de la hipoteca y preparar correctamente su cancelación.
  • Escritura de propiedad: acredita quién es el titular del inmueble y en qué condiciones se adquirió. La notaría la necesita para preparar la compraventa y coordinar la operación con el resto de documentos.
  • Escritura pública de cancelación de la hipoteca: una vez saldada la deuda con el banco, debe otorgarse esta escritura para poder eliminar la carga hipotecaria del Registro. Si no se realiza este trámite, la hipoteca seguirá apareciendo registralmente aunque el préstamo ya esté pagado.
  • Presentación del modelo correspondiente en Hacienda: la cancelación hipotecaria debe liquidarse a efectos fiscales, aunque está exenta de pago. Es decir, no hay que abonar el impuesto, pero sí hay que presentar la documentación necesaria antes de inscribir la cancelación en el Registro de la Propiedad.

¿Qué pasa si el precio de venta no cubre la deuda pendiente?

Cuando la cantidad que se debe al banco es superior al valor de venta del inmueble o al precio que está dispuesto a pagar el comprador, se presenta uno de los escenarios más delicados. 

En estos casos, la venta requiere una negociación previa con la entidad, ya que la hipoteca no podrá cancelarse por completo utilizando el dinero de la operación. Algunas entidades pueden aceptar una cancelación parcial y reconducir el resto de la deuda mediante otro acuerdo de pago. En situaciones de mayor dificultad económica, también puede estudiarse la posibilidad de una dación en pago, aunque no siempre es viable y depende de la aceptación del banco.

Por eso, antes de fijar el precio mínimo de venta, conviene calcular bien los gastos de la operación. Además de tener en cuenta la deuda pendiente, hay que sumar los gastos de cancelación, posibles comisiones, impuestos y cualquier otro coste asociado. De esta manera, podrás saber qué importe necesitas obtener para poder abonar la hipoteca pendiente por completo.

¿Cuánto tarda el proceso completo?

La parte económica de la cancelación se resuelve el mismo día de la firma. En ese momento, una parte del precio de venta se destina a saldar la deuda pendiente con el banco, por lo que el préstamo queda pagado y la compraventa puede formalizarse ante notario.

Sin embargo, la cancelación registral no es inmediata. Una vez firmada la escritura de cancelación, debe tramitarse su inscripción en el Registro de la Propiedad, un proceso que suele tardar entre 2 y 6 semanas tras la firma notarial.

Durante este intervalo, la deuda ya está saldada y el comprador es el nuevo propietario de la vivienda, pero todavía queda pendiente la eliminación formal de la carga hipotecaria en el Registro.

se puede vender un piso con hipoteca pendiente

Entonces, ¿es viable vender una vivienda con hipoteca pendiente?

Tener una hipoteca pendiente no impide vender una vivienda ni obliga a esperar hasta terminar de pagar el préstamo. En la mayoría de los casos, la deuda puede resolverse dentro de la propia operación, coordinando al banco, la notaría y el comprador para que la hipoteca quede saldada en el momento de la firma.

Lo importante es preparar bien el proceso. Para ello, conviene solicitar a tiempo el certificado de deuda pendiente, distinguir entre cancelación económica y cancelación registral y calcular el precio mínimo de venta teniendo en cuenta la deuda, los posibles gastos de cancelación y cualquier comisión aplicable.

Teniendo claros estos aspectos, vender un inmueble con un préstamo vivo es una operación tan viable como transmitir una vivienda libre de cargas, siempre que se organice correctamente desde el principio.

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Preguntas frecuentes sobre la venta con deuda viva

¿Puedo vender mi piso si todavía tengo hipoteca pendiente?

Sí, tener una hipoteca pendiente no impide vender la vivienda. Lo habitual es realizar una cancelación simultánea, de manera que, el día de la firma, una parte del precio que paga el comprador se destina a saldar la deuda con el banco y el resto lo recibe el vendedor. En el mismo acto se cancela la hipoteca y la vivienda queda libre de cargas.

¿Quién se encarga de pagar al banco el día de la firma?

En una cancelación simultánea, del precio que entrega el comprador se separa la cantidad exacta que queda pendiente de hipoteca y se abona directamente al banco, normalmente mediante un cheque. El vendedor, que es el responsable de entregar la vivienda libre de cargas, recibe el importe restante.

¿Cuánto cuesta cancelar una hipoteca en el registro?

La cancelación registral completa cuesta, habitualmente, entre 500€ y 1.200€, con una media cercana a los 1.000€. Dentro de este importe se incluyen la escritura notarial de cancelación, la inscripción en el Registro de la Propiedad y, en muchos casos, los honorarios de la gestoría. El coste exacto dependerá, entre otros factores, del importe de responsabilidad hipotecaria del préstamo.

¿Qué pasa si debo más de lo que me ofrecen por el piso?

Se trata del escenario más delicado, porque el precio de venta no permite saldar toda la deuda pendiente. En esta situación, conviene negociar con el banco antes de firmar. Algunas entidades pueden aceptar una cancelación parcial y  reconducir el resto de la deuda, mientras que en casos de dificultad económica podría estudiarse una dación en pago. 

Antes de aceptar una oferta, hay que calcular el precio mínimo de venta sumando la deuda, los gastos de cancelación y cualquier comisión aplicable.

¿Es lo mismo cancelación económica que cancelación registral?

No. La cancelación económica consiste en pagar la deuda pendiente al banco, mientras que la cancelación registral es el trámite que elimina formalmente la hipoteca del Registro de la Propiedad. Por eso, aunque el préstamo esté totalmente pagado, si no se inscribe la cancelación, la hipoteca seguirá apareciendo como carga sobre la vivienda.

¿Puede el comprador subrogarse en mi hipoteca en vez de cancelarla?

Sí. Mediante la subrogación de deudor, el comprador asume la hipoteca existente con sus condiciones de tipo de interés, plazo y cuotas. Así, la hipoteca cambia de titular en vez de cancelarse.

No obstante, esta vía requiere la aprobación del banco, que analizará la solvencia del comprador para determinar la viabilidad de la operación. Suele resultar atractiva cuando el préstamo tiene condiciones especialmente buenas. 

¿Cuánto tarda el banco en dar el certificado de deuda pendiente?

El certificado de deuda pendiente lo emite el banco e indica el saldo exacto que queda por pagar en la fecha prevista de firma. Como tiene una caducidad limitada, conviene solicitarlo cuando ya existe comprador y se ha fijado una fecha para la compraventa.

Los plazos de emisión pueden variar en función de la entidad, por lo que es recomendable pedirlo con antelación.

¿Necesito el consentimiento del banco para vender?

No necesitas el permiso de la entidad bancaria para vender la vivienda, pero debes coordinar la operación con ellos para poder liquidar la deuda en el momento de la firma. El consentimiento expreso del banco solo es necesario si se plantea una subrogación, ya que en ese caso el comprador pasaría a asumir la hipoteca como nuevo deudor. 

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Soy Alejandro Melero García, CEO de Compramos Tu Piso Ya. Aquí comparto consejos y claves para vender un piso con seguridad cuando necesitas liquidez: qué revisar, cómo evitar errores y cómo hacer que el proceso sea más sencillo, transparente y sin vueltas.

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